Cellamare Comunicación Creativa le ofrece un portafolio de productos a través de los cuales su empresa puede cumplir con la Ley, invirtiendo en su capital humano. Asimismo, puede realizar aportes a los programas de formación y entrenamiento, cursos y productos educativos que desarrolla nuestra empresa de capacitación, en calidad de beneficiario inscrito en el Observatorio Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Criterios para determinar los porcentajes que aportarán las empresas
A efectos de la Ley (Art. 44), se entiende como Grandes Empresas aquellas que tengan ingresos brutos mayores a cien mil unidades tributarias (100.000 U.T.), y están obligadas a realizar aporte o inversión según el siguiente criterio:
2% para el sector de hidrocarburos.
1% para el sector minero y eléctrico.
0.5% para empresas del sector productivo.
(Art. 35,36 y 37 de la Ley)
En el marco de la Ley, se plantean dos opciones:
Aportes
Se considera aporte cuando se destinan recursos (dinero, bienes, servicios) para programas, proyectos o actividades. (Numerales 1 al 3 del Art. 42 de la Ley).
Que serán desarrollados por los órganos certificados como beneficiarios (universidades, institutos y centros de investigación en general)
Y los recursos entregados a los Fondos Dependientes del Ministerio del Poder Popular para la Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias.
Inversión
Se denomina inversión cuando una empresa destina a sí misma recursos propios, para el desarrollo de las actividades contenidas en el artículo 42 de la Ley.
Las empresas harán los aportes
Durante todo el año y de acuerdo con la declaración del año fiscal correspondiente al año anterior, a las universidades públicas y privadas y demás entidades de educación superior, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias y a otras entidades que se dediquen a las actividades de ciencia y tecnología que pertenezcan al Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
El no invertir o aportar
La Ley prevé multas que serán aplicadas hasta por un monto que equivale a dos veces el aporte no efectuado, además de sanciones administrativas. (Art. 73 de la Ley)
Deberes formales: Cómo realizar aporte e inversión LOCTI en Cellamare Comunicación Creativa
Inscribirse en el Sistema para Declaración y Control del Aporte-Inversión en Ciencia, Tecnología e Innovación (SIDCAI). (Art. 3 del Reglamento)
Consultar nuestra oferta de proyectos y seleccionar el (los) proyecto (s) de su interés para la realización de aportes y/o inversiones.
Emitir cheque a nombre de Cellamare Comunicación Creativa o depositar o transferir a la cuenta corriente del Banesco, Nº: 0134-0881-59-8811001415 a nombre de Cellamare Comunicación Creativa. Al hacer efectivo el aporte, Cellamare Comunicación Creativa le entregará una factura, la cual puede ser utilizada como desgravamen del ISLR.
Consignar recaudos:
Registro de inscripción en el SIDCAI
Registro de Comercio Actualizado.
Fotocopia RIF
Fotocopia de declaración ISLR
Fotocopia Cédula de Identidad de representante legal.
El representante de la empresa debe declarar el aporte ante el SIDCAI
dentro de los tres siguientes meses al cierre del ejercicio económico. (Art. 11 del Reglamento).
Para más información puede comunicarse con las siguientes personas:
Curso de Oratoria Moderna
Lic. Maria Eugenia Hassan (Gerente de Capacitación Profesional)
Juan Carlos Medina (Coordinador de programas)
oratoriamoderna@gmail.com